Page 1 |
Previous | 1 of 1 | Next |
|
small (250x250 max)
medium (500x500 max)
large ( > 500x500)
Full Resolution
All (PDF)
|
This page
All
Subset |
Revisado el 1° de Enero de 2006
DEPARTAMENTO DE TRABAJO DE ILLINOIS
PUBLICACIÓN OBLIGATORIA PARA AGENCIAS DE SERVICIOS
DE TRABAJO DIARIO Y TEMPORAL
El Acta de Servicios de Trabajo Diario y Temporal (820 ILCS 175/1 et seq) establece la regulación de agencias de trabajo diario y temporal, estipula los
derechos y protecciones de los trabajadores, especifica las obligaciones y responsabilidades de las agencias de trabajo diario y temporal y de los clientes
de las mismas, fija sanciones y procedimientos de cumplimiento por violaciones de la ley, y exige que los clientes que contratan agencias de trabajo diario
o temporal verifiquen que éstas estén registradas con el Departamento de Trabajo. De lo contrario, los clientes enfrentan sanciones monetarias. A
continuación se presenta un resumen de la ley. Sin embargo, la ley contiene información adicional que puede afectar cada caso o reclamo. Para más
información sobre esta y otras leyes que hacemos cumplir, visite nuestra página de Internet: www.state.il.us/agency/idol.
Registro
Las agencias de trabajo diario y temporal localizadas en Illinois, o que realizan negocios en el Estado, deben registrarse con el Departamento de Trabajo
de Illinois y presentar comprobantes de las aportaciones por desempleo requeridas y de un seguro válido para indemnización de los trabajadores, además
de reportar cualquier problema en la cobertura para indemnización de los trabajadores al Departamento. Las agencias registradas aparecen en nuestra
página de Internet: www.state.il.us/agency/idol/listings/dlagency.htm
Cada una de las agencias debe colocar en las áreas públicas de acceso de cada sitio de trabajo o sucursal un aviso proporcionado por el Departamento
de Trabajo que resuma las disposiciones de la ley, además de un número de teléfono gratuito para reportar violaciones y quejas. Este aviso deberá estar
en inglés o en cualquier otro idioma que sea entendido de forma general en la localidad de la agencia. Las agencias deben además colocar en áreas
públicas de acceso cualquier otro anuncio ordenado por autoridades estatales o federales.
Avisos Obligatorios a los Empleados
Las agencias de servicios de trabajo diario y temporal deben entregar a los trabajadores un aviso de empleo al momento del despacho, describiendo los
términos y condiciones de su empleo, incluyendo el tipo de trabajo que deberán realizar, el sueldo que recibirán, el nombre, domicilio y ubicación donde se
realizará el trabajo, términos de transporte y si se proporcionarán alimentos y equipo, así como cualquier costo correspondiente a dichos alimentos y
equipo.
Las agencias de servicios de trabajo diario y temporal deben además entregar a cada trabajador un aviso de pago. Este aviso debe de incluir el nombre,
domicilio y teléfono de cada cliente para quien se realizó el trabajo, el número de horas trabajadas por cada cliente de la agencia cada día durante el
período de pago, el sueldo por todas las horas trabajadas, incluyendo cualquier bono o pago adicional, el monto total ganado durante el período del día y
todos los descuentos realizados por comidas, equipo, impuesto sobre la renta y retenciones del seguro social, así como cualquier otro descuento. Este
aviso debe ser entregado al momento que se entregue el pago.
En el caso de trabajadores contratados para laborar un solo día, los clientes de la agencia deben entregar a los trabajadores un formulario de
verificación de trabajo al final de la jornada que contenga la fecha, el nombre del trabajador, el lugar de trabajo y las horas trabajadas ese día.
Un trabajador que sea enviado por una agencia a un cliente de ésta, pero que no sea utilizado por dicho cliente, debe recibir de la agencia el pago
correspondiente a un mínimo de cuatro horas a la tarifa acordada. Sin embargo, si dicho trabajador recibe trabajo durante el mismo turno en otro lugar,
recibirá el pago correspondiente a dos horas a la tarifa acordada (además del pago por las horas trabajadas durante ese turno).
Sueldos y Descuentos
El sueldo pagado a los trabajadores diarios y temporales deben cumplir con todas las leyes estatales y federales, incluyendo las leyes del salario mínimo y
tiempo extra, y el monto total descontado por alimentos y equipo no debe ocasionar que el sueldo por hora de un trabajador sea menor que el salario
mínimo estatal o federal. Las agencias no pueden hacer descuentos al cheque de un trabajador a menos que el trabajador apruebe los descuentos por
escrito en un formulario proporcionado por el Departamento de Trabajo, y las agencias no pueden cobrar a los trabajadores por cambiar los cheques
expedidos por su agencia.
Requisitos de Mantenimiento de Registros
Las agencias de servicios de trabajo diario y temporal deben llevar y mantener por un período de tres años registros detallados relacionados con el
empleo de cada trabajador diario y temporal. Estos registros deben estar abiertos a inspección por parte del Departamento de Trabajo durante el horario
normal de trabajo. Además, los registros relacionados con un trabajador en particular y con las horas facturadas a los clientes de las agencias por el
trabajo del mismo deben ser puestos a disposición del trabajador para que éste los revise o los copie dentro de los 5 días posteriores a una solicitud por
escrito.
Transporte
Las agencias de servicios de trabajo diario y temporal, los clientes de las mismas (y sus contratistas o agentes) tienen prohibido cobrar a los trabajadores
el transporte entre la agencia y el sitio de trabajo designado. Las agencias, los clientes de las mismas (y sus contratistas o agentes) son responsables de
la conducta y del desempeño de las personas que ofrecen el transporte, y los choferes deben contar con una licencia válida y adecuada para conducir
vehículos automotores, prueba de responsabilidad financiera y asientos con cinturones de seguridad para todos los pasajeros. Toda violación a estos
requisitos que sea descubierta por el Departamento será remitida a las autoridades o dependencias regulatorias correspondientes.
Restricciones a los Honorarios de Colocación
Las agencias de servicios de trabajo diario y temporal no pueden restringir el derecho de un trabajador a aceptar un puesto permanente con un cliente de
la agencia con quien haya sido enviado a trabajar. Tampoco pueden restringir el derecho de un cliente a ofrecer empleo al trabajador que fue contratado
por día o temporalmente. Sin embargo, las agencias de servicios de trabajo diarios y temporales pueden cobrar honorarios limitados de colocación a los
clientes que ofrezcan empleo a los trabajadores diarios y temporales.
Prohibición de Represalias contra los Trabajadores/Derecho Privado de Acción
Las agencias de servicios de trabajo diario y temporal y sus clientes tienen prohibido tomar represalias en contra de los trabajadores por hacer valer sus
derechos, incluyendo presentar una queja, atestiguar o participar en una investigación al amparo de esta ley. Cualquier represalia tomada en contra de un
trabajador por violar esta ley estará sujeta a sanciones civiles o a una acción jurídica privada. Además de los recursos administrativos disponibles a través
del Departamento de Trabajo de Illinois. Una persona afectada por cualquier violación de esta ley puede presentar una demanda en la corte de Circuito
de Illinois.
Para reportar violaciones o presentar una queja,
llame a nuestro teléfono gratuito:
1-877-314-7052
Printed by the Authority of the State of Illinois W.O. 120905 1000 copies 12/05
Object Description
| Title | Departamento de Trabajo de Illinois Publicacion obligatoria para agencias de servicios de trabajo diario y temporal |
| Subject | Business and industry: Employment: Labor laws |
| Description | Poster concerning the Day and Temporary Labor Services Act in Spanish |
| Publisher | Illinois Department of Labor |
| Date | 02 02 2006 |
| Type | application/pdf |
| Identifier | http://www.ediillinois.org/ppa/meta/html/00/00/00/01/62/37.html |
| Language | ES-Spanish |
| Coverage | Illinois. Illinois Department of Labor |
